Riesgos cubiertos
De entre todas las garantías que constan en las Condiciones Generales de la Póliza, el Asegurado tiene cubiertas las que se reflejan en este Justificante. El Asegurado declara conocer y haber leído las Condiciones Generales de la Póliza, aceptando expresamente las exclusiones y cláusulas limitativas que se destacan en las mismas.
CLÁUSULAS ESPECIALES
3.4. Accidentes del medio de transporte.
El seguro cubre exclusivamente la indemnización por fallecimiento o invalidez del ASEGURADO a consecuencia de:
- Accidente del medio de transporte público: avión, barco de línea regular, tren o autocar de línea regular en que viaje como pasajero, incluyendo la subida y bajada de dichos medios de locomoción.
Se excluyen de la cobertura del seguro las personas que viajen en aviones privados de alquiler o de un solo motor (ya sea hélice, turbohélice, a reacción, etc.) o en barcos de crucero.
- Accidente como pasajero en cualquier forma de transporte público (taxi, coche de alquiler con conductor, tranvía, autobús, tren o tren suburbano) durante la ruta directa entre el punto de salida o llegada (casa/hotel, etc.) hasta la terminal del viaje (estación, aeropuerto, puerto de mar, etc.).
Quedan amparados los menores de 14 años en el riesgo de muerte únicamente hasta 3.000,00 €, o hasta el límite fijado en Condiciones Particulares, o justificante de seguro, si este fuese menor, para gastos de sepelio.
No quedan garantizados por la póliza, en ninguno de los apartados, los viajes con duraciones superiores a 45 días consecutivos, amparados por un mismo billete o documento de transporte.
En caso de invalidez permanente: el ASEGURADOR pagará la cantidad total asegurada si la invalidez es completa o una parte proporcional al grado de invalidez si esta es parcial.
Para la evaluación del respectivo grado de invalidez se establece el siguiente cuadro:
Pérdida o inutilización de ambos brazos o ambas manos, o de un brazo y una pierna, o de una mano y un pie, o de ambas piernas o de ambos pies, ceguera absoluta, parálisis completa, o cualquier otra lesión que incapacite para todo trabajo: 100%
Pérdida o inutilidad absoluta.
De un brazo o de una mano | 60% |
De una pierna o de un pie | 50% |
Sordera completa | 40% |
Del movimiento del pulgar y del índice de la mano | 40% |
Pérdida de la vista de un ojo | 30% |
Pérdida del dedo pulgar de la mano | 20% |
Pérdida del dedo índice de la mano | 15% |
Sordera de un oído | 10% |
Pérdida de otro dedo cualquiera | 5% |
En los casos que no estén señalados anteriormente, como en las pérdidas parciales, el grado de invalidez se fijará en proporción a su gravedad comparada con las invalideces enumeradas. En ningún caso podrá exceder de la invalidez permanente total.
- El grado de invalidez deberá ser fijado definitivamente dentro de un año desde la fecha del accidente.
- No se tendrá en cuenta, a efectos de evaluación de la invalidez efectiva de un miembro o de un órgano afectado, la situación profesional del ASEGURADO.
- Si antes del accidente el ASEGURADO presentaba defectos corporales, la invalidez causada por dicho accidente no podrá ser clasificada en un grado mayor al que resultaría si la víctima fuera una persona normal desde el punto de vista de la integridad corporal.
- La impotencia funcional absoluta y permanente en un miembro es asimilable a la pérdida total del mismo.
El TOMADOR declara conocer expresamente que la indemnización máxima en caso de siniestro será de 6.000.000 €, independientemente del número de asegurados afectados.
Instrucciones a seguir en el caso de siniestro:
* Por Equipajes:
En caso de robo, aportará copia de la denuncia presentada a la Policía o Autoridad del lugar, en la que se detallen las circunstancias ocurridas.
En caso de daños o pérdida ocasionada por el transportista deberá aportar certificación extendida por la Cía. Transportista, en la que se haga constar los hechos acaecidos.
En caso de demora, deberá aportar la certificación emitida por la Cía. Transportista.
* Por demoras:
En todos los casos, la reclamación de demora deberá acompañarse del documento justificativo de la ocurrencia del siniestro. Certificación del transportista o copia del atestado policial en caso del accidente “in itinere”. Debe expresarse la cauas originaria y las horas de retraso que ha conllevado.
* Por accidente:
Comunicar el suceso tan pronto como sea posible a ERV SEGUROS DE VIAJE, Europäische Reiseversicherung AG, Sucursal en España.
* Por Responsabilidad Civil:
Deberá presentar un escrito en el que consten detalladamente los hechos acaecidos y facilitar cuantos documentos le hayan sido presentados por los perjudicados, indicando el nombre y dirección de los mismos. No debe aceptar, negociar orechazar ninguna reclamación sin la expresa autorización del ASEGURADOR.
MUY IMPORTANTE: LAS RECLAMACIONES RELATIVAS A LOS RIESGOS ANTERIORES SE REALIZARÁN AL REGRESO DEL VIAJE, DIRIGIÉNDOSE A LA DIRECCIÓN DE EUROPEA.
* Por asistencia:
Habrá de solicitar la asistencia por teléfono, debiendo indicar el nombre del asegurado, el número de póliza del seguro, el lugar y número de teléfono de donde se encuentra y la descripción del problema que tiene planteado.
Desde el Estado Español: 91 344 11 55
Desde el resto del mundo: 34 91 344 11 55 (solicitar llamada a cobro revertido)
DEBER DE INFORMACIÓN AL ASEGURADO.
El asegurado por el presente certificado, antes de la contratación del seguro, ha recibido la siguiente información en cumplimiento de lo establecido en el artículo 60 de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privado y en los artículos 104 al 107 de su Reglamento:
El Asegurador de la póliza es ERV SEGUROS DE VIAJE, Europäische Reiseversicherung AG, Sucursal en España, con domicilio en Avda. de La Vega 24, 28108 Alcobendas (Madrid).
La legislación aplicable al contrato de seguro es la española, en particular, la Ley 50/1980 de 1 de Octubre, de Contrato de Seguro.
El tomador o el Asegurado pueden, en caso de litigio con el Asegurador, acudir al Arbitraje y a los Tribunales Ordinarios de Justicia españoles, con independencia del derecho a formular las reclamaciones oportunas ante la Dirección General de Seguros.
Aon Gil y Carvajal S.A.U., inscrita en el Rº Mercantil de Madrid, Hoja M-19857, Tomo 15321, Folio 133, N.I.F. A-28109247.Inscrita en el Registro Especial de Sociedades de Correduría de Seguros de la DGS con la clave J-107. Capacidad financiera y Seguro de Responsabilidad Civil concertado según lo previsto en la Ley 26/2006, de 17 de Julio.
Los datos solicitados a través de este formulario, serán incorporados a ficheros automatizados de Aon Gil y Carvajal S.A.U., Correduría de Seguros y serán objeto de tratamiento automatizado con la finalidad de valorar y determinar el riesgo asegurado y la gestión de la póliza que se suscriba, así como la prestación, mantenimiento, administración, ampliación, mejora y estudio de los servicios en los que usted decida darse de alta, contratar o solicitar información.
En cualquier caso, Aon Gil y Carvajal S.A.U., garantiza la confidencialidad y el tratamiento seguro de los datos personales facilitados de conformidad con la vigente normativa sobre protección de datos. La finalidad de la recogida y tratamiento automatizado de los datos personales incluye igualmente el envío, por medios tradicionales y electrónicos, de información operativa y comercial acerca de productos y servicios, ofrecidos por Aon Gil y Carvajal S.A.U., Correduría de Seguros.
El titular autoriza a Aon Gil y Carvajal S.A.U., Correduría de Seguros a incluir sus datos personales en su ficheros, así como para su utilización y tratamiento, automatizado o no, para los citados fines. Así mismo, Aon Gil y Carvajal S.A.U., Correduría de Seguros podrá comunicar los datos a las empresas del Grupo Empresarial al que pertenece con los mismos fines precitados con anterioridad, considerándose el titular informado de esta cesión a través de la presente cláusula. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal usted podrá en cualquier momento denegar el consentimiento facilitado y ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos recogidos en el Fichero, dirigiéndose Aon Gil y Carvajal S.A.U., Correduría de Seguros – Rosario Pino, 14 y 16 28020-Madrid (Att. Servicio Jurídico). De conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 26 / 2006 de 16 de Julio, para cualquier reclamación en relación con los servicios de Mediación de Seguros prestados deberá dirigirse al Apartado de Correos núm. 2053 o bien a la página web “quejasyreclamaciones.com”.
Esta oferta se ha realizado por Aon tras realizar un análisis objetivo del mercado asegurador, según las funciones propias de un corredor de seguros. Seguro sujeto a normas de contratación.